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Información a proveedores

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la factura electrónica y creación de registro contable de facturas del Sector Público (BOE 28 diciembre de 2013), establece una serie de obligaciones relativas al contenido y al proceso de remisión de las facturas que emitan los proveedores de bienes y servicios de las Administraciones Públicas con las que mantienen relaciones jurídicas, entre ellas el CSIC.

El CSIC debe adaptar la gestión en 2014 para las facturas en soporte papel incluyendo los siguientes puntos dentro de esta adaptación:

  1. La obligación de los proveedores de remitir las facturas que emitan por importe superior a 5.000 euros a un registro administrativo que cumpla con los requisitos del artículo 38 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  2. La obligación de los proveedores de incorporar en las facturas que emitan unos datos que identifiquen a las oficinas contables competentes para la anotación de la factura, así como a las unidades de gestión y tramitación del gasto y pago derivado de cada factura de las Administraciones Públicas con las que se relacionen.

Por tanto, todas las facturas que emitan los proveedores que se relacionen con el CSIC deberán incorporar los datos que se contemplan en la ficha que se adjunta.

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